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Página del Consejo General de la Arquitectura Técnica de España |
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El título profesional de Arquitecto Técnico se obtiene después de cursar la correspondiente carrera universitaria en alguna de las treinta y cuatro Escuelas Universitarias o centros análogos que al día de hoy así lo hacen en España. Universidades españolas que en la actualidad imparten títulos que habilitan para el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto Técnico:
Puede encontrarse información sobre las mencionadas Universidades en la página de la CRUE (Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas). Como se aprecia, y aún cuando las denominaciones de los títulos podrían ser otras –dentro de unas pautas, son libremente elegidas por la Universidad que los expide- hasta el momento todas las Universidades han optado por la misma denominación para el título: Graduado en Ingeniería de Edificación. Como ya hemos dicho, la legislación vigente conforma la profesión de Arquitecto Técnico como profesión regulada cuyo ejercicio requiere estar en posesión del correspondiente título oficial y la inscripción en el Colegio profesional correspondiente a su domicilio profesional, único o principal. Y aquellos titulados extranjeros que deseen ver homologado o reconocido su título habrán de obtener el plácet de la Administración española previa la pertinente comparación de su currículo académico con las prevenciones contenidas en la Orden ECI/3855/2007, de 27 de diciembre, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Arquitecto Técnico. Orden Ministerial que desarrolla lo previsto en el artículo 12.9 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales e integra las condiciones establecidas en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 14 de diciembre de 2007, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 21 de diciembre de 2007. Se trata de un título oficial de cuatro años de duración, de nivel Grado (240 créditos ECTS). Y es un título terminal, que figura incluido en el ámbito de la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales. Y, como ya hemos reiterado, se trata de una “formación regulada”, en el sentido del artículo 3.1.a) de la referida norma europea.
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